El Ayuntamiento de Sagunto abre el plazo para la solicitud de subvenciones destinadas a actividades realizadas por entidades sin ánimo de lucro municipales con la finalidad de promover una red ciudadana participativa, solidaria y comprometida que trabaje y potencie servicios de interés general para la colectividad. Para ello el departamento de Participación Ciudadana ha destinado un crédito presupuestario de 20.000 euros.
El plazo de presentación de las solicitudes es de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOPV), de modo que permanecerá abierto hasta el próximo 28 de julio. La convocatoria, que será en régimen de concurrencia competitiva, otorgará ayudas a los programas relacionados con la materia que se basen en: valores y ciudadanía, experiencias de esparcimiento y socializadoras, formación y fortalecimiento asociativo, e información y comunicación.
La concejala en funciones de Participación Ciudadana, Ana María Quesada, ha incidido en que la normativa por la que se regula ha cambiado y «hay que revisarla bien antes de presentar el proyecto» y no dar «nada por hecho respecto al año pasado. No ha sido un cambio grande, simplemente adecuarlo a la normativa actual», explica. Asimismo, expresa: «Esperamos que este año volvamos a tener mucha variedad de proyectos presentados para realizar actividades. El año pasado hubo actividades muy interesantes, además de las que ya venían siendo habituales desde asociaciones vecinales».
La concejala también ha agradecido la implicación de las asociaciones: «Por mi parte como concejala de Participación Ciudadana como siempre agradecer a las asociaciones del municipio su actividad continua, muchas veces más allá de lo que sus posibilidades les permiten y no hablo solo de posibilidades económicas, sino hablo del gran esfuerzo personal que se realiza y espero que volvamos a tener actividades tan interesantes como las que se desarrollaron el pasado año».
Los requisitos que deberán cumplir aquellas organizaciones sin ánimo de lucro que quieran optar a estas ayudas para poder beneficiarse de las mismas son estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias; no estar sometidas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecido en el artículo 13 putos 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones. Asimismo, los requisitos exigidos, así como los méritos a los que se refiere la Base Décima, se han de acreditar en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
La concesión de las subvenciones queda condicionada por la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. Además de la cuantía total máxima indicada, podrán concederse subvenciones para una cuantía adicional sin necesidad de una nueva convocatoria, siempre que los créditos a los que resulta imputable estén disponibles antes a la resolución de la concesión, por un aumento derivado de cualquiera de las causas que se prevén en el artículo 58 del RLGS.
Las solicitudes se realizarán a través de los impresos disponibles en la Sede Electrónica, dentro de la sección subvenciones del Ayuntamiento de Sagunto: https://sagunt.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=15961 y las bases completas, junto con la ordenanza reguladora en que se basan estas, se pueden consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.