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La Comisión de Hacienda, reunida ayer, ha dictaminado favorablemente la propuesta de la concejalía de Economía y Hacienda para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se presentará al pleno del próximo jueves 22 de octubre. Dos grandes cambios afectan a esta ordenanza, los cuales han resultado dictaminados con los votos favorables del Equipo de Gobierno, en contra del Partido Popular y las abstenciones de Iniciativa Porteña, Ciudadanos y Vox.
La primera modificación es del artículo 3 de la ordenanza, con el que se reducen los tipos de gravamen aplicables al Impuesto a los Bienes Inmuebles de naturaleza urbana para establecerlos en 0,42 % el tipo de gravamen general y 0,55 % el incrementado. El tipo de gravamen general es el que afecta a las viviendas del municipio, así como a las de uso comercial e industrial con un valor catastral menor a 1 000 000 €, «este recibo bajará 1,85 € de media, dependiendo del valor catastral», ha asegurado la concejala de Hacienda, Gloria Parra. En cuanto al 0,55% del tipo incrementado, para bienes de valor catastral de más de 1 000 000 €, «se mantiene como el año pasado». Para los bienes inmuebles de naturaleza rústica, se aplicará un tipo de gravamen del 0,72 % y para los bienes inmuebles de características especiales, se aplicará un tipo de gravamen del 1,3 %.
La segunda modificación consiste en la aplicación de un recargo del 50 % de la cuota líquida de las viviendas que se encuentren desocupadas con carácter permanente cuando sus propietarios tengan más de diez viviendas permanentemente desocupadas. «Con esta medida dibujamos cuál va a ser la línea política del Equipo de Gobierno en materia de vivienda», ha destacado Parra, ya que se gravará «a los grandes tenedores de viviendas que obstaculizan el mercado inmobiliario, el acceso a viviendas a la gente joven, el derecho a la vivienda, incluso favorecen problemas de ocupación, todo ello acarreando un elevado coste para la ciudadanía». Con esta medida se pretende, además, movilizar el mercado inmobiliario.
Según el texto de la ordenanza, se entienden por viviendas desocupadas con carácter permanente las así declaradas por la Generalitat Valenciana según lo que establece la Ley 2/2017, de 3 de febrero, y que consten inscritas como tales en su registro de viviendas desocupadas.
La declaración municipal como vivienda desocupada con carácter permanente se inicia de oficio, atendiendo, a estos efectos, los medios de prueba e indicios de desocupación a fecha 31 de diciembre referidos en el artículo 15 de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, y se resuelve previa audiencia del sujeto pasivo.
Por último, la concejala ha afirmado que los principios que rigen el sistema tributario español «son los que tienen que regir los nuestros, el principio de igualdad, de capacidad y de progresividad. No queremos que estas medidas vayan en contra del ciudadano con pequeño patrimonio o que el ciudadano note que cada año paga más por el recibo del IBI, sino que quien más tenga, más aporte, ya que los grandes bienes hacen que se mantenga el nivel de recaudación».
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