El Ayuntamiento de Sagunto actualiza el Reglamento de Honores y Distinciones

El nuevo reglamento incluye el reconocimiento de méritos especiales de cualquier índole o servicios extraordinarios con distinciones de carácter estrictamente honorífico


El Ayuntamiento de Sagunto ha aprobado actualizar su Reglamento de Honores y Distinciones, que data de 1995, para acomodarlo a la realidad actual y activar el reconocimiento de méritos especiales de cualquier índole o servicios extraordinarios con distinciones de carácter estrictamente honorífico.
 
El Pleno ha aprobado la actualización del reglamento con los votos a favor de Compromís, Esquerra unida, PSPV-PSOE, ADN Morvedre y las abstenciones de Iniciativa Porteña y Ciudadanos.
 
El acuerdo incluye tres categorías de condecoraciones posibles:
 
-          Hijo/a Predilecto/a o Adoptivo/a de Sagunto
-          Alcalde/sa o Concejal/a Honorario/a del Ayuntamiento
-          Medalla de la Ciudad en tres categorías diferentes:
 
o   Medalla de Oro
o   Medalla de Plata
o   Medalla de Bronce
 
No podrá concederse ningún título ni condecoración a personas que ostenten altos cargos del Gobierno o la Administración en sus diferentes ámbitos y respecto a los cuales la Corporación tenga relación por las diferentes funciones o servicios mientras se mantenga esta circunstancia.
 
El Ayuntamiento podrá privar de las distinciones que son objeto de este reglamento, sea cual sea la fecha en que hayan sido conferidas, a aquellos/as que incurran en actos o manifestaciones que contravengan su estado anterior al de la entrega de la distinción o en casos en los que los hechos aconsejen esta medida extrema.
 
La concesión de cualquiera de las distinciones requerirá la instrucción de expediente administrativo, para comprobar y justificar los méritos que motiven la condecoración. La iniciativa podrá venir de la Alcaldía o de al menos siete miembros de la Corporación; de cualquier organismo oficial o entidad pública avalada por los anteriormente citados; de entidades privadas y asociaciones de Sagunto y dadas de alta en el registro de Asociaciones de Sagunto, avaladas también por la Alcaldía y al menos siete miembros de la Corporación; o de una iniciativa suscrita al menos por 350 particulares, avalada también por la Alcaldía y al menos siete miembros de la Corporación.
 
En todos los casos, se deberán aportar los documentos, datos e información necesarios para valorar objetivamente los méritos a distinguir.