Solicitud Acceso Información Pública

Información del Trámite

Información

 

Documentación preceptiva

Instancia, debidamente rellenada y firmada.

 

Recursos contra la Resolución

Contra toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública se puede recurrir directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer reclamación, con carácter potestativo y previo a esa impugnación judicial, ante el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana. Esta reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente del día en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Si se opta para interponer la reclamación no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquella se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta (art. 123.2 LPAC).

 

Observaciones

No se puede solicitar y, por lo tanto, en caso de pedirse no se admitirá a trámite la solicitud, mediante resolución motivada, aquellas: 
a) Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general. 
b) Que estén referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas. 
c) Relativas a información que, para divulgarla, sea necesaria una acción previa de reelaboración. 
d) Dirigidas a un órgano que no tenga en su poder la información cuando se desconozca el competente. 
e) Que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con el fin de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 

Podrá limitarse el acceso a la información solicitada cuando acceder suponga, respecto al beneficio que pueda aportar el acceso, conocimiento o difusión, un daño o perjuicio mayor para la : 
a) La seguridad nacional. 
b) La defensa. 
c) Las relaciones exteriores. 
d) La seguridad pública. 
e) La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios. 
f) La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva. g) Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control. 
h) Los intereses económicos y comerciales. 
i) La política económica y monetaria. 
j) El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. 
k) La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión. 
l) La protección del medio ambiente.​

 

Plantillas de documentos a presentar
 
Requisitos de la instancia
  • ​La instancia deberá ser firmada.
  • Permite solicitantes que sean personas físicas
  • Permite solicitantes que sean personas jurídicas
  • Permite solicitantes que sean personas físicas representadas por otra persona física
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